La Ley REP establece un ecosistema variado de regulados. Acá te contamos quienes son:
1. Productores de Productos prioritarios, quien pone por primera vez un producto prioritario
en mercado nacional, y es el principal regulado de la Ley.
2. Sistemas de gestión, institución sin fines de lucro que es el mecanismo instrumental para que
los productores, individual o colectivamente, den cumplimiento a las obligaciones
establecidas por la REP a través de un plan de gestión.
3. Gestores de residuos, personas naturales o jurídicas que realiza cualquiera de las operaciones
de manejo de residuos.
4. Consumidor, todo generador de un residuo de producto prioritario.
5. Consumidor industrial, todo establecimiento de carácter industrial que genere residuos de
un producto prioritario, de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
6. Municipios, el actor clave en el territorio que queda facultado para celebrar convenios con
los sistemas de gestión y con recicladores de base, pudiendo articular su gestión al
funcionamiento del instrumento REP.
7. Ministerio del Medio Ambiente, encargado de establecer mediante Decretos Supremos las
metas de recolección como de valorización de los residuos de productos prioritarios.
8. Superintendencia del Medio Ambiente, órgano competente para fiscalizar el cumplimiento
de los instrumentos establecidos en la Ley e imponer sanciones en conformidad a su Ley
orgánica.